Subvenciones y ayudas del IDAE para el autoconsumo energético

El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) coordinará y hará seguimiento de las acciones, pero cada comunidad autónoma convocará y administrará las subvenciones en su territorio.

Con la aprobación del Real Decreto 477/2021 de 29 de junio de 2021, se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos en materia de eficiencia energética. Los conceptos de estas líneas están ligados al autoconsumo, fotovoltaica, y al almacenamiento con fuentes de energía renovable, así como la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial.

Bajo el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, este plan tiene entre sus objetivos que España apueste por la descarbonización.

A través de IDAE se coordinarán las actuaciones y se hará un seguimiento de su evolución. Sin embargo, las subvenciones serán administradas y serán convocadas por las comunidades y ciudades autónomas. Esta convocatoria debe realizarse y hacerse pública en cada comunidad antes del 30 de septiembre.

¿Qué es y qué obtenemos con el autoconsumo energético?

El autoconsumo energético es la producción propia de energía para su consumo directo. Una de sus características principales es la obtención de electricidad a partir de energías renovables.

Algunas de las ventajas son la reducción de costes y una mayor autonomía en la producción eléctrica.

Las instalaciones de generación de energía para el autoconsumo pueden ser:

Individuales: cuando hay un único propietario y/o comprador, y por tanto consumidor, asociado a la instalación.

Colectivo: cuando existen varios propietarios y, por tanto, consumidores vinculados a la instalación de generación de energía.

Hay distintos modelos de autoconsumo colectivo o compartido dependiendo de diversos factores como son: la superficie que tengamos disponible para la instalación, del gasto que se hace de electricidad en la comunidad y en las distintas viviendas, del coste de la inversión que estemos dispuestos a asumir, del servicio que queramos obtener, o del grado de consenso que alcance la propuesta entre la comunidad de vecinos.

El tipo más sencillo de autoconsumo para las comunidades de propietarios es la instalación que cubre las necesidades energéticas de las zonas comunes del edificio, como son la iluminación de escaleras, portales, garajes y trasteros, o el funcionamiento del ascensor. Las posibilidades aumentan si hablamos de urbanización con piscinas y otras zonas comunes (patios, salas, zonas de juegos y deportes, etc.). Aquí se trataría de una instalación básica y la titularidad corresponde a la comunidad de propietarios, siendo la única usuaria de la instalación. En este caso, no se puede beneficiar de la bonificación del IBI que algunos ayuntamientos han implantado, y la cuantía de la ayuda es algo inferior que para el autoconsumo compartido.

Plan de ayudas del IDAE al autoconsumo

Mediante el Real Decreto 477/2021 de 29 de junio el Gobierno aprobó 1.320 millones de euros de ayudas al autoconsumo, baterías y climatización renovable.

Este paquete de ayudas se desarrolla por medio de seis programas de actuaciones incentivables

  • Programa 1. Autoconsumo y almacenamiento en el sector servicios. 
  • Programa 2. Autoconsumo y almacenamiento en otros sectores productivos, como la industria o el agropecuario. 
  • Programa 3. Incorporación de almacenamiento en autoconsumos existentes en sectores económicos. 
  • Programa 4. Autoconsumo y almacenamiento en el sector residencial, el sector público y el tercer sector. 
  • Programa 5. Incorporación de almacenamiento en autoconsumos del sector residencial, sector público y tercer sector.
  • Programa 6. Climatización y agua caliente sanitaria obtenida con renovables en el sector residencial, incluida la vivienda pública protegida. 

¿Qué se puede subvencionar?

Las ayudas pueden abarcar distintas acciones dentro de las distintas fases de ejecución de cada proyecto:

Fase de ejecución: 

·         Equipos y materiales.

·         Obra civil.

·         Equipamientos electromecánicos, hidráulicos, de control y auxiliares.

·         Sistemas de monitorización y gestión.

Fase de Dirección Técnica:

·         Redacción de proyectos y memorias técnicas.

·         Gestión de ayudas.

·         Project Manager.

·         Dirección facultativa.

¿Qué debes saber sobre este plan de subvenciones para el autoconsumo?

Las CCAA disponen de un plazo de convocatoria de máximo tres meses (antes de 30 septiembre de 2021).

Las ESE o sociedades similares podrán obtener la subvención en nombre del cliente.

Las instalaciones fotovoltaicas aisladas también serán subvencionables. 

En la línea 4 (residencial). El autoconsumo mínimo será del 80%. 

En la línea 4 las facturas tendrán que tener fecha posterior a 30/06/2021.

En el resto de líneas, los contratos y facturas deberán ser posteriores a la fecha de solicitud de la subvención. Los proyectos y permisos sin embargo podrán haberse solicitado con posterioridad a 30/06/2021.

Las CCAA podrán decidir que las subvenciones las tramiten entidades colaboradoras.

Serán en régimen de concurrencia no competitiva, por orden de entrada.

Plazo máximo de 18 meses para la justificación.

¿Cuándo se abre el plazo de solicitud de las ayudas en las distintas comunidades autónomas?

Algunas comunidades ya han informado de las fechas en las que se abrirá el plazo para poder solicitar estas ayudas. Os dejamos el listado de aquellas que ya lo han aprobado, e iremos actualizandolo cuando se vayan aprobando las fechas de las comunidades restantes.

Comunidad de Madrid – 16 de noviembre 2021

Comunidad Valenciana – 2 de noviembe 2021

Andalucía – 2 de diciembre 2021

Aragón – 17 de enero 2022

Galicia – 21 de octubre 2021

País Vasco – 11 de noviembre de 2021

¿Qué requisitos existen para las acciones subvencionadas?

– Una única solicitud por actuación, y una única actuación por ubicación y beneficiario.

– El almacenamiento debe estar asociado a una instalación fotovoltaica.

– Deberá cumplirse el ratio de capacidad máxima de almacenamiento (kwh)de una potencia fotovoltaica menor o igual a 2

x kWp.

– Garantía mínima de las baterías de 5 años, y no se permite plomo ácido.

– Todas las instalaciones deben incluir un sistema de monitorización.

– Para las empresas, las líneas 1 y 2 exigen que haya una pantalla para la monitorización.

– El IVA es subvencionable para quien no se lo pueda desgravar.

¿Qué influye en la cuantía de las ayudas?

El importe de la subvención dependerá del tipo de beneficiario y del tipo de instalación.

  • Para las empresas: se otorgará un porcentaje sobre el volumen de inversión inicial (con un ratio máximo).
  • Para particulares y administraciones públicas: se subvencionará un porcentaje fijo.

Según el tipo de instalación de producción de energía, la intensidad de la ayuda varía:

  • Energía solar fotovoltaica: las ayudas podrán alcanzar desde un 15% para una gran empresa hasta un 45% para pymes, o un sistema pequeño inferior a 10 kW. Por su parte, los particulares podrán beneficiarse de un 40% (ascendiendo al 50% en los sistemas de autoconsumo colectivo) y las administraciones públicas el 70%.
  • Energía eólica: la subvención será de en torno al 20% para grandes empresas, 50% para pymes y particulares, así como el 70% en administraciones públicas.
  • Instalaciones de almacenamiento detrás del contador: normalmente se trata de baterías y pueden acogerse a ayudas de entre el 45 y el 65% en el caso de las empresas. Mientras que los particulares, administraciones y entidades del tercer sector podrán beneficiarse de un 70%.
  • Climatización con renovables: en este caso la subvención dependerá del tipo de tecnología que se use (biomasa o geotermia), y podrá ser desde el 40 hasta el 70%. En su caso, las Administraciones públicas propietarias de edificios residenciales podrán recibir hasta un 70%.

Cuantía extra para pequeños municipios

En el caso de los pequeños municipios que tengan menos de 5.000 habitantes, y en los municipios con menos de 20.000 habitantes en entornos rurales cuyos diferentes núcleos de población tengan menos de 5.000 habitantes, podrán recibir una cuantía adicional de la subvención de un 5%.

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